Es probable que en las últimas semanas hayas comenzado a ver este marcado en los vasos de papel y de plástico para bebidas calientes y frías que hayas utilizado, tanto si eres un profesional de la hostelería, como si eres un particular pidiendo un café para llevar.
La inclusión de este marcado fue aprobada por la Unión Europea el pasado 17 de diciembre de 2020 con el objetivo de evitar que los vasos, entre otros productos de un solo uso como las toallitas o productos de higiene femenina, sean desechados de manera incorrecta por parte de los consumidores, e informando al mismo tiempo acerca del impacto negativo de utilizar medios inadecuados para disponer de los vasos ya utilizados.
La legislación, aplicable a partir del 3 de julio de 2021, determina que los vasos de papel, al incluir un recubrimiento que evita que el líquido que contienen se derrame, deberán incluir el marcado de la UE en un lugar visible del vaso, alejado de la boca del consumidor, y en el idioma del país miembro de la Unión Europea en el que se comercialice.
La normativa, de momento, tampoco diferencia entre plásticos y bioplásticos (biobasados y/o biodegradables), y es por lo que los vasos compostables, considerados una de las opciones más sostenibles, no están exentos de este marcado.
En el caso de los vasos de plástico, la legislación indica que deberán incluir el marcado grabado o impreso, aplicándose los mismos requisitos que para los vasos de papel.
Los envases que sí han quedado al margen de la inclusión de este marcado han sido todos aquellos destinados a ser utilizados como envases para comida o para take away y delivery, así como las tarrinas de papel para helado.
Puedes consultar la normativa (EU) 2020/2151 aquí.